Ministerio del Poder
Popular para la Educación Universitaria
Universidad Nacional Experimental
Rómulo Gallegos
Fundación Misión
Sucre
Aldea Lazo Martí
12050106
PNF 117- Derecho
DESARROLLO
ENDOGENO
Facilitador (A):
Participantes:
Abg. Miriam
Piñero Mariana Pérez
Ricardo C. Marruz M.
Andrea Contreras
Alexis Guada
Abril
2015
DESARROLLO
ENDOGENO
Definición:
Es
un modelo de desarrollo que tienen como fin potenciar las capacidades
internas de una región o
comunidad local; para
que estas puedan ser utilizadas para fortalecer la sociedad y su economía de
adentro hacia afuera, para que sea sustentable y sostenible en el tiempo. Es
importante señalar que en el aspecto económico el desarrollo endógeno es un
factor relevante, pero no lo es más que el desarrollo integral del colectivo y
del individuo en ámbitos como el moral, cultural, social, político, y
tecnológico; lo cual permite convertir los recursos naturales en productos que
se puedan consumir, distribuir al mundo entero.
En una organización de este
tipo existen individuos o recursos humanos que resultan idóneos en alguna rama
del conocimiento y estos se encuentran dispuestos están dispuestos a poner ese
conocimiento al alcance de los otros miembros de la organización, con el
propósito de transferir el conocimiento voluntario para el crecimiento de
todos. Esto constituye un fortalecimiento para ampliar, integrar y desarrollar
las capacidades individuales y como consecuencia forma equipos
multidisciplinarios de trabajo que cooperan para el desarrollo armónico de la
organización en un ambiente sistémico, simbiótico y sinérgico.
Antecedentes
históricos
El proceso de
construcción institucional de la sociedad venezolana,
fundado en la Constitución de
la República Bolivariana de Venezuela, exige a todas las instituciones la
tarea de diseñar los mecanismos que permitan la conformación de un Estado que
pueda responder a cada una de las expectativas de los venezolanos, en énfasis
en aquellos grupos excluidos en la anterior estructura de poder, mientras que
al mismo tiempo se
oriente hacia una concepción eficiente y transparente de la gestión pública.
La autogeneración de la
sociedad venezolana constituye la recomposición de lo que la sociedad para
conocer e identificar su vocación y que
potencialidades posee para desarrollar un idea que genere bienestar público entre ciudadanos. Como parte de este
proceso es necesario recuperar la localidad como espacio fundamental para construir
lo propio en oposición a la globalización que existe en el mundo. En lo local,
las peculiaridades culturales, institucionales, políticas y sociales configuran
un modo de acceso al territorio y el ejercicio de gobierno; lo cual busca
apropiarse de los beneficios en función
de las necesidades y las expectativas de
los ciudadanos en su relación directa con los otros actores de la sociedad.
Finalmente, es allí donde el
ejercicio y responsabilidad del
Estado se hace evidente porque afecta directamente las condiciones de vida de
las comunidades utilizando mecanismos para redistribuir la riqueza y en la
definición de las normas que
gobiernan la relación entre los ciudadanos, estos elementos permiten conocer
que en un proceso de transición hacia una sociedad con una capacidad auto
generadora de lo que considera su bienestar, es deber de las instituciones abocadas
al desarrollo regional confrontar tres tareas básicas: La gestión del
conocimiento regional, la planificación y
seguimiento del desarrollo y el desarrollo de la institucionalidad.
Hasta el presente, el
desarrollo se ha entendido como un incremento permanente en la producción de
riqueza, sin referencia alguna a la equidad o
inequidad de su distribución, en
algún momento del siglo XX, se asumió que el desarrollo constituía un bien en
sí mismo y se llegó a creer que el solo incremento del producto económico era
suficiente para las carencias de la población,
este concepto adjudica a la economía un carácter de ciencia positiva;
en consecuencia autónoma e irresponsable de las necesidades concretas de
la persona humana
en comunidad.
Tal idea, se sostiene
gracias a la capacidad que los poseedores han tenido siempre para crear
consenso entre los desposeídos, alrededor de la creencia de que los fenómenos
económicos son similares a los fenómenos naturales, y hacerles creer en
consecuencia que si hay pobres y ricos no se debe a la acción u
omisión de los seres humanos, sino que sólo se trata de un accidente tan
fortuito o tan irremediable como la ley de la gravedad este carácter
preponderante e irresponsable de la economía, en
el marco de una sociedad jerárquica como la nuestra, sólo ha beneficiado a los
estratos superiores de la misma, los cuales han impuesto el modelo de
desarrollo que conocemos.
Un modelo de desarrollo, evoluciona
con el tiempo, pero conserva sus mecanismos esenciales ampliando la generación
de beneficios, este deber ser por lo tanto flexible para sobrevivir asimilando
las modificaciones que el devenir histórico le vaya imponiendo. En el marco del
proceso de formación y consolidación del sistema mundo capitalista que se
inicia en Europa durante
la Baja Edad Media, la
inclusión de América Latina en la división internacional del trabajo,
puede explicarse mediante la sucesión de tres modelos económicos simplificados:
Modelo primario exportador, de crecimiento hacia fuera; Modelo de la
sustitución de importaciones y Modelo neoliberal.
En Venezuela, después del
paro petrolero se centran los programas sociales mecanismos capaces de fomentar
un "desarrollo sustentable" basado en la creación de una sociedad más
igualitaria, es a partir de ese momento que se empieza a hablar del
"desarrollo endógeno", a comienzos del 2003 el equipo del
Ministerio de Educación Superior, discutiendo con el presidente Chávez uno de
sus programas como lo es Todas las Manos a la Siembra, éste nos hizo una
observación sobre la necesidad de enmarcar esta iniciativa en la perspectiva
del Desarrollo Endógeno, porque en el programa se trata sobre el desarrollo
local sustentable, de un desarrollo que tiene un anclaje en el lugar, en la
parroquia, en la localidad, en el caserío; que tiene sus raíces sembradas en la
conciencia, en la organización popular.
La educación, en el desarrollo
endógeno, implica la búsqueda colectiva de procesos formativos plurales, a
diversos niveles, desde los espacios personales, comunitarios e
institucionales, pero requiere de formas novedosas, creativas, de aprendizaje y
de generación y socialización del saber. Se trata, en fin, de crear
situaciones de aprendizaje personal y colectivo, mediante articulaciones entre
los diversos sujetos sociales.
Para favorecer estos procesos hay que
crear condiciones propicias, superando o transformando las pautas sociales
limitantes. Supone que la educación está ligada a la vida, y se desarrolla con
ella en todo momento y en todos los espacios sociales, con el propósito de
crear condiciones para el desarrollo vital, pleno, de las personas, además persigue
la construcción de conocimientos sistemáticos, la fundamentación de estrategias
y modos efectivos de acción, atendiendo a las circunstancias específicas y a
las intencionalidades de los grupos humanos.
El sistema educativo en su totalidad
debe fortalecerse mediante vínculos orgánicos, flexibles, entre personas,
organizaciones, instituciones, comunidades, a partir de las vivencias
presentes, locales y más lejanas., esto supone un profundo estado de autoconocimiento
(personal, colectivo, como sociedad), que requiere de la síntesis entre
políticas, ciencias y estrategias particulares; solo en la que se fortalezcan
las capacidades endogenizadoras, se irán conformando los anillos productivos
(de bienes, de servicios y sobre todo, de conocimiento), en un proceso
constante de formación, interformación y autoformación, de apropiación del
conocimiento tecnológico y la asunción de los roles emergentes.
Bases legales
Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela (CRVB,
1999) 3, 62, 70, 112, 118, 184 3,4,5; 299 y 308.
Artículo
3.
El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona
y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la
construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la
prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los
principios, derechos y deberes consagrados en esta Constitución. La educación y
el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines.
Artículo
62.
Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en
los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o
elegidas. La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de
la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que
garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo. Es
obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las
condiciones más favorables para su práctica.
Artículo
70. Son medios de
participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía,(…) y en
lo económico, las instancias de atención ciudadana,
la autogestión, la cogestión, las cooperativas en
todas sus formas incluyendo las de carácter financiero,
las cajas de ahorro, la empresa comunitaria
y demás formas asociativas guiadas por los valores de
la mutua cooperación y la solidaridad.
En este sentido, la
constitución promueve la creación de diferentes organizaciones de
carácter económico con el fin de promover la participación de la ciudadanía en
los aspectos sociales y económicos, este derecho a participar responde a una
aspiración de la sociedad civil organizada
que tiene la necesidad de intervenir en la mejora de la gobernabilidad.
Artículo
118: Se
reconoce el derecho de los trabajadores y trabajadoras, así como de la comunidad para
desarrollar asociaciones de carácter social y participativo, como las
cooperativas, cajas de ahorro, mutuales y otras formas asociativas.
De allí que, el Estado Venezolano
promueve la creación de asociaciones sociales y participativas, en especial las
que tienen que ver con el trabajo asociado
y su carácter generador de beneficios colectivos y, por tal razón, protege
dichas instituciones en función de
ampliar la economía popular y alternativa.
La ley creará
mecanismos abiertos y flexibles para que los Estados y los Municipios
descentralicen y transfieran a las comunidades y grupos vecinales
organizados los servicios que
éstos gestionen previa demostración de su capacidad para prestarlos.
En tal sentido, la
Constitución estimula las expresiones de la economía social, tales como
cooperativas, cajas de ahorro, mutuales y otras formas asociativa; las cuales
son fuentes generadoras
de empleo y
de bienestar social, de allí que se propicie su creación.
Artículo
184.
La ley creará mecanismos abiertos y flexibles para que los Estados y los
Municipios descentralicen y transfieran a las comunidades y grupos vecinales
organizados los servicios que éstos gestionen previa demostración de su
capacidad para prestarlos, promoviendo:
3. La participación en los
procesos económicos estimulando las expresiones de la economía social, tales
como cooperativas, cajas de ahorro, mutuales y otras formas asociativas.
4. La participación de los trabajadores y
trabajadoras y comunidades en la gestión de las empresas públicas mediante
mecanismos autogestionarios y cogestionarios.
5. La creación de
organizaciones, cooperativas y empresas comunales de servicios, como fuentes
generadoras de empleo y de bienestar social, propendiendo a su permanencia
mediante el diseño de políticas donde aquellas tengan participación.
Artículo
299.
El régimen socioeconómico de la República Bolivariana de Venezuela se
fundamenta en los principios de justicia social, democratización, eficiencia,
libre competencia, protección del ambiente, productividad y solidaridad, a los
fines de asegurar el desarrollo humano integral y una existencia digna y
provechosa para la colectividad. El Estado conjuntamente con la iniciativa
privada promoverá el desarrollo armónico de la economía nacional con el fin de
generar fuentes de trabajo, alto valor agregado nacional, elevar el nivel de
vida de la población y fortalecer la soberanía económica del país, garantizando
la seguridad jurídica, solidez, dinamismo, sustentabilidad, permanencia y
equidad del crecimiento de la economía, para garantizar una justa distribución
de la riqueza mediante una planificación estratégica democrática participativa
y de consulta abierta.
Artículo
308.
El Estado protegerá y promoverá la pequeña y mediana industria, las
cooperativas, las cajas de ahorro, así como también la empresa familiar, la microempresa
y cualquier otra forma de asociación comunitaria para el trabajo, el ahorro y
el consumo, bajo régimen de propiedad colectiva, con el fin de fortalecer el
desarrollo económico del país, sustentándolo en la iniciativa popular. Se
asegurará la capacitación, la asistencia técnica y el financiamiento oportuno.
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