sábado, 11 de abril de 2015

EL DESARROLLO ENDOGENO



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Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria
Universidad Nacional Experimental Rómulo Gallegos
Fundación Misión Sucre
Aldea Lazo Martí 12050106
PNF 117- Derecho







DESARROLLO ENDOGENO






Facilitador (A):                                                         Participantes:
Abg. Miriam Piñero                                              Mariana Pérez
                                                                                Ricardo C. Marruz M.
                                                                             Andrea Contreras                          
                                                                             Alexis Guada




Abril 2015
DESARROLLO ENDOGENO
Definición: Es un modelo de desarrollo que tienen como fin potenciar las capacidades internas de una región o comunidad local; para que estas puedan ser utilizadas para fortalecer la sociedad y su economía de adentro hacia afuera, para que sea sustentable y sostenible en el tiempo. Es importante señalar que en el aspecto económico el desarrollo endógeno es un factor relevante, pero no lo es más que el desarrollo integral del colectivo y del individuo en ámbitos como el moral, cultural, social, político, y tecnológico; lo cual permite convertir los recursos naturales en productos que se puedan consumir, distribuir al mundo entero.
En una organización de este tipo existen individuos o recursos humanos que resultan idóneos en alguna rama del conocimiento y estos se encuentran dispuestos están dispuestos a poner ese conocimiento al alcance de los otros miembros de la organización, con el propósito de transferir el conocimiento voluntario para el crecimiento de todos. Esto constituye un fortalecimiento para ampliar, integrar y desarrollar las capacidades individuales y como consecuencia forma equipos multidisciplinarios de trabajo que cooperan para el desarrollo armónico de la organización en un ambiente sistémico, simbiótico y sinérgico.
Antecedentes históricos
El proceso de construcción institucional de la sociedad venezolana, fundado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, exige a todas las instituciones la tarea de diseñar los mecanismos que permitan la conformación de un Estado que pueda responder a cada una de las expectativas de los venezolanos, en énfasis en aquellos grupos excluidos en la anterior estructura de poder, mientras que al mismo tiempo se oriente hacia una concepción eficiente y transparente de la gestión pública.
La autogeneración de la sociedad venezolana constituye la recomposición de lo que la sociedad para conocer e identificar  su vocación y que potencialidades posee para desarrollar un idea que genere bienestar  público entre ciudadanos. Como parte de este proceso es necesario recuperar la localidad como espacio fundamental para construir lo propio en oposición a la globalización que existe en el mundo. En lo local, las peculiaridades culturales, institucionales, políticas y sociales configuran un modo de acceso al territorio y el ejercicio de gobierno; lo cual busca apropiarse  de los beneficios en función de las necesidades  y las expectativas de los ciudadanos en su relación directa con los otros actores de la sociedad.
Finalmente, es allí donde el ejercicio y responsabilidad del Estado se hace evidente porque afecta directamente las condiciones de vida de las comunidades utilizando mecanismos para redistribuir la riqueza y en la definición de las normas que gobiernan la relación entre los ciudadanos, estos elementos permiten conocer que en un proceso de transición hacia una sociedad con una capacidad auto generadora de lo que considera su bienestar, es deber de las instituciones abocadas al desarrollo regional confrontar tres tareas básicas: La gestión del conocimiento regional, la planificación y seguimiento del desarrollo y el desarrollo de la institucionalidad.
Hasta el presente, el desarrollo se ha entendido como un incremento permanente en la producción de riqueza, sin referencia alguna a la equidad o inequidad de su distribución, en algún momento del siglo XX, se asumió que el desarrollo constituía un bien en sí mismo y se llegó a creer que el solo incremento del producto económico era suficiente para las carencias de la población, este concepto adjudica a la economía un carácter de ciencia positiva; en consecuencia autónoma e irresponsable de las necesidades concretas de la persona humana en comunidad.
Tal idea, se sostiene gracias a la capacidad que los poseedores han tenido siempre para crear consenso entre los desposeídos, alrededor de la creencia de que los fenómenos económicos son similares a los fenómenos naturales, y hacerles creer en consecuencia que si hay pobres y ricos no se debe a la acción u omisión de los seres humanos, sino que sólo se trata de un accidente tan fortuito o tan irremediable como la ley de la gravedad este carácter preponderante e irresponsable de la economía, en el marco de una sociedad jerárquica como la nuestra, sólo ha beneficiado a los estratos superiores de la misma, los cuales han impuesto el modelo de desarrollo que conocemos.
Un modelo de desarrollo, evoluciona con el tiempo, pero conserva sus mecanismos esenciales ampliando la generación de beneficios, este deber ser por lo tanto flexible para sobrevivir asimilando las modificaciones que el devenir histórico le vaya imponiendo. En el marco del proceso de formación y consolidación del sistema mundo capitalista que se inicia en Europa durante la Baja Edad Media, la inclusión de América Latina en la división internacional del trabajo, puede explicarse mediante la sucesión de tres modelos económicos simplificados: Modelo primario exportador, de crecimiento hacia fuera; Modelo de la sustitución de importaciones y Modelo neoliberal.
En Venezuela, después del paro petrolero se centran los programas sociales mecanismos capaces de fomentar un "desarrollo sustentable" basado en la creación de una sociedad más igualitaria, es a partir de ese momento que se empieza a hablar del "desarrollo endógeno", a comienzos del 2003 el equipo del Ministerio de Educación Superior, discutiendo con el presidente Chávez uno de sus programas como lo es Todas las Manos a la Siembra, éste nos hizo una observación sobre la necesidad de enmarcar esta iniciativa en la perspectiva del Desarrollo Endógeno, porque en el programa se trata sobre el desarrollo local sustentable, de un desarrollo que tiene un anclaje en el lugar, en la parroquia, en la localidad, en el caserío; que tiene sus raíces sembradas en la conciencia, en la organización popular.
La educación, en el desarrollo endógeno, implica la búsqueda colectiva de procesos formativos plurales, a diversos niveles, desde los espacios personales, comunitarios e institucionales, pero requiere de formas novedosas, creativas, de aprendizaje y de generación y socialización  del saber. Se trata, en fin,  de crear situaciones de aprendizaje personal y colectivo, mediante articulaciones entre los diversos sujetos sociales.
Para favorecer estos procesos hay que crear condiciones propicias, superando o transformando las pautas sociales limitantes. Supone que la educación está ligada a la vida, y se desarrolla con ella en todo momento y en todos los espacios sociales, con el propósito de crear condiciones para el desarrollo vital, pleno, de las personas, además persigue la construcción de conocimientos sistemáticos, la fundamentación de estrategias y modos efectivos de acción, atendiendo a las circunstancias específicas y a las intencionalidades de los grupos humanos.
El sistema educativo en su totalidad debe fortalecerse mediante vínculos orgánicos, flexibles, entre personas, organizaciones, instituciones, comunidades, a partir de las vivencias presentes, locales y más lejanas., esto supone  un profundo estado de autoconocimiento (personal, colectivo, como sociedad), que requiere de la síntesis entre políticas, ciencias y estrategias particulares; solo en la que se fortalezcan las capacidades endogenizadoras, se irán conformando los anillos productivos (de bienes, de servicios y sobre todo, de conocimiento), en un proceso constante de formación, interformación y autoformación, de apropiación del conocimiento tecnológico y la asunción de los roles emergentes.
Bases legales
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRVB, 1999) 3, 62, 70, 112, 118, 184 3,4,5; 299 y 308.
Artículo 3. El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes consagrados en esta Constitución. La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines.
Artículo 62. Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas. La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo. Es obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para su práctica.
Artículo 70. Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía,(…) y en lo económico, las instancias de atención ciudadana, la autogestión, la cogestión, las cooperativas en todas sus formas incluyendo las de carácter financiero, las cajas de ahorrola empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por los valores de la mutua cooperación y la solidaridad.
En este sentido, la constitución promueve la creación de diferentes organizaciones de carácter económico con el fin de promover la participación de la ciudadanía en los aspectos sociales y económicos, este derecho a participar responde a una aspiración de la sociedad civil organizada que tiene la necesidad de intervenir en la mejora de la gobernabilidad.
Artículo 118: Se reconoce el derecho de los trabajadores y trabajadoras, así como de la comunidad para desarrollar asociaciones de carácter social y participativo, como las cooperativas, cajas de ahorro, mutuales y otras formas asociativas.
De allí que, el Estado Venezolano promueve la creación de asociaciones sociales y participativas, en especial las que tienen que ver con el trabajo asociado y su carácter generador de beneficios colectivos y, por tal razón, protege dichas instituciones en función de ampliar la economía popular y alternativa.
La ley creará mecanismos abiertos y flexibles para que los Estados y los Municipios descentralicen y transfieran a las comunidades y grupos vecinales organizados los servicios que éstos gestionen previa demostración de su capacidad para prestarlos.
En tal sentido, la Constitución estimula las expresiones de la economía social, tales como cooperativas, cajas de ahorro, mutuales y otras formas asociativa; las cuales son fuentes generadoras de empleo y de bienestar social, de allí que se propicie su creación.
Artículo 184. La ley creará mecanismos abiertos y flexibles para que los Estados y los Municipios descentralicen y transfieran a las comunidades y grupos vecinales organizados los servicios que éstos gestionen previa demostración de su capacidad para prestarlos, promoviendo:
3. La participación en los procesos económicos estimulando las expresiones de la economía social, tales como cooperativas, cajas de ahorro, mutuales y otras formas asociativas.
 4. La participación de los trabajadores y trabajadoras y comunidades en la gestión de las empresas públicas mediante mecanismos autogestionarios y cogestionarios.
5. La creación de organizaciones, cooperativas y empresas comunales de servicios, como fuentes generadoras de empleo y de bienestar social, propendiendo a su permanencia mediante el diseño de políticas donde aquellas tengan participación.
Artículo 299. El régimen socioeconómico de la República Bolivariana de Venezuela se fundamenta en los principios de justicia social, democratización, eficiencia, libre competencia, protección del ambiente, productividad y solidaridad, a los fines de asegurar el desarrollo humano integral y una existencia digna y provechosa para la colectividad. El Estado conjuntamente con la iniciativa privada promoverá el desarrollo armónico de la economía nacional con el fin de generar fuentes de trabajo, alto valor agregado nacional, elevar el nivel de vida de la población y fortalecer la soberanía económica del país, garantizando la seguridad jurídica, solidez, dinamismo, sustentabilidad, permanencia y equidad del crecimiento de la economía, para garantizar una justa distribución de la riqueza mediante una planificación estratégica democrática participativa y de consulta abierta.

Artículo 308. El Estado protegerá y promoverá la pequeña y mediana industria, las cooperativas, las cajas de ahorro, así como también la empresa familiar, la microempresa y cualquier otra forma de asociación comunitaria para el trabajo, el ahorro y el consumo, bajo régimen de propiedad colectiva, con el fin de fortalecer el desarrollo económico del país, sustentándolo en la iniciativa popular. Se asegurará la capacitación, la asistencia técnica y el financiamiento oportuno.

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